Ayudas IDAE para la instalación de estufas de pellets 2023 – 2024

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Si estás pensando en instalar una estufa de pellets, estufas con un combustible ecológico y con la que seguro vas a tener un ahorro económico, seguramente estarás interesado en saber si existe algún sistema de ayudas o subvenciones relativas a la instalación de aparatos de calefacción de consumo con fuentes de energías renovables (EERR).

Entre las ayudas disponibles actualmente se encuentran las ayudas IDAE 2023 – 2024.

En España existen varios tipos de ayudas y subvenciones para instalar estufas de pellets, ya sea a través de ayudas del gobierno central o bien las propias comunidades autónomas.

Dependiendo del organismo que las convoca habrá que prestar atención a apartados como los costes, los beneficiarios y, más importante aún, los requisitos.

Estas ayudas están destinada tanto a la instalación de estufas como calderas de pellets

 

Si lo deseas también puedes ver el vídeo de este artículo en el canal de Pelletcalor en Youtube.

 

Subvenciones estufas de pellets 2023 – 2024

 

El 29 de junio de 2021 fue aprobado por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica, el Real Decreto 477/2021 por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Y este año, con fecha 18 de mayo de 2022 se ha publicado en el BOE el Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, por el que se amplía la tipología de beneficiarios del Real Decreto anterior.

De los seis programas de incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables que se indican a continuación, el que seguramente te interese es el programa de incentivos 6, que se refiere a la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Será actuación subvencionable la inversión en instalaciones de producción de energía térmica con fuentes renovables, destinadas a la climatización o producción de ACS en vivienda

 

 

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¿Quién puede solicitar la subvención para estufas de pellets y calderas de pellets?

Dentro del programa de incentivos 6 pueden tener acceso a subvención estufa pellets:

  • Las personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  • Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, que acrediten la puesta a disposición de colectivos vulnerables de viviendas sociales.
  • Las personas físicas que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  • Comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
  • Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cuando se pueda excluir la existencia de ayuda de estado.

 

Periodo de vigencia

Se podrán presentar solicitudes en las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, desde la fecha establecida en sus respectivas convocatorias hasta el 31 de diciembre de 2023

 

Requisitos para la solicitud de ayuda y subvención estufa pellet IDAE 2023 – 2024

Declaración de combustibles

Uno de los requisitos más importantes a la hora de solicitar la ayuda IDAE 2022 para la instalación de calderas y estufas de pellets cita que los combustibles a utilizar deberán tener un valor por defecto de reducción de emisiones de GEI (gases de efecto invernadero) del 80% o superior; de acuerdo a los datos indicados para la producción de calor establecidos en el anexo VI de la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Los pellets figuraran como uno de los combustibles a utilizar en dichas calderas y estufas, dado que hablamos de uno de los productos de biomasa cuya emisión de CO2 es neutra.

Las actuaciones que incluyan aparatos de calefacción local o calderas de menos de 1 MW:

  • Certificado de cumplimiento de eficiencia energética: Deberán presentar una acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que se vaya a utilizar que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el Reglamento de Ecodiseño en vigor [según corresponda, Reglamento (UE) 2015/1185 de la Comisión o Reglamento (UE) 2015/1189 de la Comisión].
  • Certificado del combustible: Como requisito adicional a las obligaciones establecidas en estas bases y en las convocatorias para esta tipología de actuación, el beneficiario mantendrá un registro documental suficiente que permita acreditar que el combustible empleado en el equipo dispone de un certificado otorgado por una entidad independiente acreditada relativo al cumplimiento de la clase A1 según lo establecido en la norma UNE-EN-ISO 17225-2, de la clase A1 de la norma UNE-EN-ISO 17225-3, de la clase A1 de la norma UNE-EN-ISO 17225-4, de la clase A1 de la norma UNE 164003 o de la clase A1 de la norma UNE 164004. También se podrán subvencionar actuaciones que incluyan equipos alimentados con leña de madera, siempre que cumplan la clase de propiedad M20 según lo establecido en la norma UNE-EN-ISO 17225-5 y no se realicen en municipios de más de 50.000 habitantes o capitales de provincia.

Solo se podrán subvencionar los equipos que funcionen exclusivamente con estos combustibles. Este registro, con los albaranes o facturas de venta del biocombustible, se mantendrá durante un plazo de cinco años.

 

 

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Cuantía de la ayuda económica para instalación de Estufa de pellets

Programa de incentivos 6: definición de costes subvencionables y cálculo de la ayuda

La Ayuda Total a otorgar se establece en valores unitarios constantes (módulos).

El valor unitario fijo para la instalación de generación, »Módulo generación», y para actuación complementaria en su caso, »Módulo complementario», se corresponderán con los indicados en el apartado AIII.A3 de este anexo para cada actuación y sector, teniendo en cuenta que la Ayuda Total a otorgar no podrá superar los valores de ayuda máximos establecidos por vivienda, incrementados en el límite máximo de ayuda sobre actuación complementaria, cuando sea de aplicación.

La Ayuda Total a otorgar se obtendrá como:

Ayuda Total = (Módulo generación + Módulo complementario) x Ps

Donde Ps es la potencia de la instalación de generación realmente instalada, en kW.

 

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En todo caso, la Ayuda Total a otorgar no podrá superar el coste elegible de generación (Ceg) de la actuación efectivamente realizada, convenientemente justificado.

 

 

Tabla de valoración de subvención para la instalación de estufa de pellets
Tabla de valoración de subvención para la instalación de estufa de pellets

 

Programas de incentivos 6. Sector residencial

  • Instalaciones aerotérmicas: 500 €/kW (3.000 €/vivienda)
  • Instalación Solar Térmica: 450 – 900 €/kW (550 – 1.800 €/vivienda)
  • Biomasa: 250 €/kW (2.500 – 3.000 €/vivienda)
  • Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas: 1.600 – 2.250 €/kW (9.000 – 13.500 €/vivienda)

Programas de incentivos 6. Viviendas de propiedad pública y tercer sector

  • Instalaciones aerotérmicas: 650 €/kW (3.900 €/vivienda)
  • Instalación Solar Térmica: 650 – 950 €/kW (820 – 1.850 €/vivienda)
  • Biomasa: 350 €/kW (3.500 – 4.200 €/vivienda)
  • Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas: 1.700 – 2.250 €/kW (9.550 – 13.500 €/vivienda)

 

 

Tabla de valoración de actuaciones complementarias
Tabla de valoración de actuaciones complementarias

 

Incompatibilidad de las ayudas o subvenciones para la instalación de estufa de pellets

Las ayudas de los programas de incentivos que se aprueban por este real decreto serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 

 

Descarga aquí las características principales de estas líneas de ayudas

 

Más información de las subvenciones para la instalación de estufas de pellets por Comunidades Autónomas.

1. Andalucía

 

2. Aragón

 

3. Asturias

 

4. Illes Balears

 

5. Canarias

 

6. Cantabria

 

7. Castilla-La Mancha

 

8. Castilla y León

 

9. Catalunya

 

10. Ceuta

 

11. Comunitat Valenciana

 

12. Extremadura

 

13. Galicia

 

14. Madrid

 

15. Melilla

 

16. Murcia

 

17. Navarra

 

18. País Vasco

 

19. La Rioja

 

 

 

Conclusiones:

Existen ayudas que puedes optar para la instalación de una estufa de pellets en tu vivienda, pero como es un poco complicado entender bien a la primera todo este tipo de textos técnicos correspondientes a las ayudas o subvenciones para la instalación de una estufa de pellets, sobre todo lo correspondiente a la documentación necesaria para solicitarlas, te recomendamos que, ante cualquier duda o consulta que necesites, te pongas en contacto con el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) en el teléfono 913 146 673 o enviando un email a ciudadano@idae.es

 

Preguntas Frecuentes:

¿Se consideran subvencionables las estufas de pellets o biomasa en el programa de incentivos 6?

Sí, El programa de incentivos 6 contempla la instalación de “estufas”, entendiendo como tales los equipos incluidos dentro de la definición de aparatos de calefacción local, según el Reglamento (UE) 2015/1185 de requisitos de diseño ecológico de aparatos de calefacción local de combustible sólido:

“Aparato de calefacción local de combustible sólido»: un dispositivo de calefacción de espacios que emite calor por transferencia directa sola o en combinación con la transferencia de calor a un fluido, a fin de alcanzar y mantener una temperatura agradable para los seres humanos en el espacio cerrado en el que el producto está situado, eventualmente combinado con la producción de calor para otros espacios, y equipado con uno o más generadores que convierten directamente los combustibles sólidos en calor”.

Estas deberán tener la parte frontal cerrada.

 

¿Podrían los inquilinos de un inmueble ser destinatarios últimos de los programas de ayuda?

Sí. Para poder ser destinatario último del programa se debe acreditar la inversión realizada en los términos que se indican en el Anexo AII.B de las bases reguladoras. Los costes de inversión deben estar definidos, responder a un contrato y ser abonados por el destinatario último, que debe ser además el propietario de la instalación.

En este caso, los inquilinos serían los propietarios de la instalación, pero no del inmueble. En cualquier caso, se debe asegurar la propiedad de la instalación por parte del destinatario último durante al menos 5 años a contar desde el pago de la ayuda, independientemente de si sigue siendo inquilino o no.

 

¿Pueden las comunidades de propietarios solicitar ayudas o subvenciones para estufas o calderas de pellets?

Sí, las comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, pueden acceder a la condición de destinatarios últimos de las ayudas de los programas de incentivos 4, 5 y 6, para lo que habrán de cumplir, particularmente, con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre

 

¿Cuál es el criterio de concesión de las ayudas?

La concesión de la subvención va por orden de solicitud. Hay un importe destinado a ese apartado y se van concediendo hasta que se agoten los fondos

 

¿Qué garantía tengo de que me concedan la subvención?

Al ir por orden de solicitud, es importante solicitarla cuanto antes. No existe garantía de que te la puedan conceder, eso sí, cuanto antes se solicite más posibilidades.

 

¿Tengo que instalar la estufa de pellets sin saber si me darán la subvención?

No, si te conceden la subvención, tendrás un plazo máximo de ejecución. Si no te la conceden puedes desistir de instalarla.

 

¿Deben las instalaciones objeto de ayuda mantenerse sin cambios sustanciales durante un período temporal mínimo?

A efectos del Real Decreto 477/2021, se considerará que los bienes deben permanecer sin cambios sustanciales durante 5 años desde el pago de la ayuda.

 

¿Puedo solicitar una subvención para la instalación de una estufa de pellets para una segunda residencia?

Sí. La instalación objeto de las ayudas no tiene por qué realizarse en la vivienda habitual del destinatario último.

 

¿Cuánto tiempo tardan en ingresar el dinero de la subvención?

Una vez realizada la instalación de la estufa de pellets y entregada toda la documentación solicitada, suelen tardar entre 2 y 3 meses, y siempre antes de finalizar el año.

 

¿Hasta cuándo se puede solicitar la subvención por instalación de estufa de pellets?

Se podrán presentar solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2023

 

Alberto NÚÑEZ
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